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Subvenciones del IDAE para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes

Programa PAREER-CRECE

En este momento es un hecho que la rehabilitación energética está de moda. Y también que se trata de una necesidad vital debido al estado y la edad del parque inmobiliario en España. Por eso cada vez es más frecuente encontrarnos con comunidades de vecinos interesadas en este tema.

A partir de nuestra experiencia, podemos afirmar que existe un gran número de comunidades de propietarios interesadas en abordar este tipo de actuaciones de rehabilitación, y el conocimiento de la existencia de ayudas públicas es un incentivo real, que puede ser el detonante definitivo para tomar la decisión de llevarlas a cabo.

Es importante señalar que en la actualidad existen subvenciones muy interesantes promovidas por el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía), a través del Programa PAREER-CRECE, cuyas bases se pueden consultar en el siguiente enlace.

Como todo este tipo de documentación, el estudio de las bases de este Programa (con sus posteriores modificaciones) puede ser arduo y complicado. Sin embargo, en esta página se puede encontrar un resumen que recoge en qué consisten y a quién van dirigidas estas ayudas, así como el porcentaje de la actuación objeto de subvención.

Para facilitar su comprensión, nos parece importante explicar de manera breve y sencilla las ideas fundamentales:

– Se trata de un Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios existentes.

– Las ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN serán las destinadas a la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica o de las instalacionesde los edificios. También resulta subvencionable la sustitución de la energía convencional por biomasa o energía geotérmica.

Estas actuaciones deben mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, 1 letra.

Otro factor muy importante a tener en cuenta: debe tratarse de ACTUACIONES INTEGRALES SOBRE UNO O VARIOS DE LOS CERRAMIENTOS (fachada, cubierta, huecos, etc.) de la envolvente térmica del EDIFICIO. No sirve intervenir puntualmente sobre una o varias de sus viviendas o locales.

– Los BENEFICIARIOS de las ayudas serán los propietarios y las comunidades de propietarios de edificios existentes, así como las empresas del sector.

– Existen varios TIPOS de AYUDAS:

Ayudas directas sin contraprestación, complementadas con préstamos reembolsables con condiciones muy ventajosas.

En la siguiente tabla se muestra el porcentaje del coste subvencionable en función del tipo de actuación:

Además, se puede optar a ayudas adicionales por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada, cuyos valores se indican en el cuadro siguiente:

Los préstamos reembolsables tendrán las siguientes condiciones:

Tipo de interés: Euribor + 0,0 %.

Plazo máximo de amortización de los préstamos: 12 años (incluido un período de carencia opcional de 1 año).

Garantías: Aval bancario, contrato de seguro de caución, o depósito en efectivo a favor del IDAE en la Caja General de Depósitos del Ministerio de Economía y Competitividad, por importe del 20% de la cuantía del préstamo.

– El PLAZO para la presentación de las solicitudes, será hasta el 31 de diciembre de 2016. Ampliable, en función de la disponibilidad, hasta el 31 de diciembre del 2020.

Para más información sobre el tema podéis poneros en contacto con nosotros. Os atenderemos encantados lo más pronto posible. Si necesitáis nuestros servicios, estamos a vuestra disposición.